POSIBLE DELEGACIÓN DE FUNCIONES Y REORGANIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA CAUSA OPINIONES DIVIDIDAS.


RESUMEN:

El Presidente de la República mediante un nuevo Decreto Ejecutivo reorganizó la Institución Presidencial estableciendo las cuatro secretarías generales, además existe opiniones dividas sobre este nuevo decreto debido a que se debate la posibilidad de que esté delegando funciones que le corresponde únicamente al Presidente a una de las secretarías lo cual sería inconstitucional.


DESARROLLO


El Decreto Ejecutivo 1066 expedido el 21 de mayo establece cuales son las cuatro secretarías generales y estas son: Secretaría General de la Presidencia de la República que tendrá 22 atribuciones, Secretaría General Jurídica de la Presidencia que tendrá 13 atribuciones, Secretaría General de Gabinete de la Presidencia que tendrá 13 atribuciones y Secretaría General de Comunicación de la Presidencia que tendrá 12 atribuciones. 


Existe una controversia en cuanto al las atribuciones de la Secretaria General de la Presidencia en el artículo 2 numeral 3 del Decreto manifiesta: " Ejercer la autoridad nominadora de la presidencia", algunos entendidos en derecho manifiestan que es inconstitucional ya que se está delegando funciones a la Secretaria que únicamente puede ejercer el Presidente; por otro lado los Secretarios de la Presidencia defienden el Decreto manifestando que no se está delegando funciones si no que se habla de nombrar Ministros ni mucho menos si no de nombrar funcionarios dentro de la entidad presidencial.


Esta parte del Decreto no está clara ¿por qué?, nos da dos formas diferentes de interpretarla; para la primera forma vamos a entender que al hablar de "Presidencia", únicamente nos referimos al mismo Jefe de Estado, no estamos hablando de funcionarios dentro de esta entidad, por lo que si la interpretamos de esta manera sabremos que si es inconstitucional ya que está delegando funciones que le corresponden solo al Presidente; la segunda forma defiende la idea de una autoridad nominadora para posesionar a funcionarios dentro de la entidad de la Presidencia mas no de una delegación de funciones; por lo tanto el Decreto 1066 si es inconstitucional ya que si nos vamos a lo objetivo y no a una suposición si se está delegando funciones a la Secretaría General de la Presidencia, si se quiere evitar esta controversia la norma debería ser tipificada de otra manera.    








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